¿Cómo se gestionan los maremotos en España?
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Contexto y ley
En Geolat hemos hablado de diferentes riesgos naturales: inundaciones, incendios forestales y sismicidad principalmente, pero no son los únicos. En el presente blog vamos a hablar sobre los maremotos y en qué estado se encuentra su gestión.
Los maremotos, también conocidos como tsunamis, se definen como la “agitación violenta de las aguas del mar a consecuencia de una sacudida de fondo, que a veces se propaga hasta las costas dando lugar a inundaciones”. Sus orígenes son diversos, pudiendo estar provocados por terremotos, volcanes, derrumbes costeros, explosiones de gran magnitud o el choque de meteoritos.
Los maremotos están regulados en España a través de la Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 18 de mayo de 2021, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos.
Dicho plan, en adelante PEM, tiene como objetivo principal definir la organización y los procedimientos necesarios que permitan asegurar una respuesta eficaz de las Administraciones Públicas en caso de que ocurriera un maremoto en algún punto de las costas españolas. Su desarrollo complementa y refuerza los mecanismos establecidos en el Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM).
Objetivos y contenido
Como se ha comentado, el PEM define la organización y los procedimientos necesarios para garantizar una respuesta eficaz, por parte de las Administraciones Públicas, en caso de que ocurriera un maremoto. Para ello, desarrolla los siguientes aspectos:
- Complementa la estructura organizativa estatal.
- Define la organización, medios y procedimientos de alerta a las autoridades de Protección Civil, así como a los órganos y servicios de la Administración General del Estado competentes.
- Define la organización, medios y procedimientos de aviso a la población.
- Prevé la organización, junto con las Comunidades Autónomas afectadas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, de programas de información y reactiva a la población, con el objetivo de que puedan desarrollar sus propias medidas de autoprotección mientras reciben la ayuda del Sistema Nacional de Protección Civil.
- Garantiza la atención integral a las personas en situación de especial vulnerabilidad.
Tramo de la costa alicantina dónde puede apreciarse la presión urbanística en zonas costeras, susceptibles a maremotos. Fuente: Elaboración propia.
Peligrosidad en las costas de España
El PEM desarrolla, en su Anexo I, las principales conclusiones sobre peligrosidad ante maremotos en las diferentes costas españolas, teniendo en cuenta las estimaciones de la elevación máxima generada por las aguas, así como los tiempos de llegada a los puntos cercanos de la costa, con base en modelos de propagación.
Es importante destacar que la metodología a desarrollar ha sido determinista, por lo que no se han tenido en cuenta variables como la probabilidad de ocurrencia de los eventos.
En concreto, en la franja mediterránea se hace hincapié en la cercanía de ciertas fallas a la costa, teniendo algunas de ellas parte de su traza en tierra, provocando la llegada inmediata del maremoto. Además, se menciona a las fallas del Golfo de Rosas, Neotectónica de Barcelona-Tarragona, así como las fallas de Crevillente, Santa Pola y La Marina, en las costas de la Comunidad Valenciana, que podrían llegar a generar elevaciones máximas superiores a 1 metro.
Izquierda: Equipo técnico de Geolat realizando trabajo de campo en el Cabo de Santa Pola. Derecha: Elevación máxima que podría alcanzarse en la costa española por efecto de un tsunami. Fuente: Informe peligrosidad frente a maremotos PROES.
¿Quién debe redactar planes frente maremotos?
Las Comunidades Autónomas tienen el deber redactar los Planes Especiales correspondientes ante el riesgo de maremoto, donde contemplarán sus recursos y los integrarán con los planes de ámbito superior. Además, deberán establecer los municipios que tienen la obligación de desarrollar planes de ámbito local en función del análisis de la peligrosidad.
Actualmente, aunque se empiezan a desarrollar, no todas las comunidades tienen vigentes dichos planes. En el caso de la Comunidad Valenciana, aunque se espera hacerlo pronto, aún no se ha aprobado el Plan Especial ante el riesgo por Maremotos. Dicha aprobación supondrá el establecimiento de unas bases y contenidos mínimos para comenzar a desarrollar la gestión del riesgo por maremotos a nivel local, tanto en los municipios costeros como en los cercanos a la costa que pudieran verse afectados.
En su momento, serán los municipios catalogados con peligrosidad a dicho riesgo los que deberán redactar un Plan de Actuación Municipal frente al riesgo de Maremotos.
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