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Declaración de Situación Individualizada

Declaración de Situación Individualizada

¿Qué es la Declaración de Situación Individualizada?

La Declaración de Situación Individualizada es el primer trámite a realizar para una vivienda que solicita una legalización mediante la Minimización de Impacto Territorial. La MIT permite la regularización de ciertas viviendas implantadas irregularmente construidas en Suelo No Urbanizable: caseta de aperos utilizada como vivienda, antigua vivienda no escriturada, etc.  

Ejemplos de edificaciones sujetas a procedimientos de Declaración de Situación Individualizada y, posteriormente, Licencia de Minimización de Impacto Territorial. 

Contexto y ley

El Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, aprobado por el Decreto legislativo 1/2021, de 18 de julio, permite la regulación de viviendas construidas en Suelo No Urbanizable con unas características concretas mediante la “Minimización de Impacto Territorial” de manera colectiva o individual, siempre que cumplan los requisitos conforme a lo establecido en el Título IV, Capítulo III de la TRLOTUP. En concreto, el art. 230 de dicha ley estipula las actuaciones de las viviendas aisladas para acceder al trámite de Minimización de Impacto Territorial. 

Requisitos de la Declaración de Situación Individualizada

Suelo no urbanizable

Uno de los requisitos que deben cumplir las edificaciones que se presenten al trámite es el siguiente: la vivienda debe estar ubicada en Suelo No Urbanizable, común o protegido, y deberá demostrarse su clasificación y calificación urbanística en el Plan General del municipio correspondiente.

Mantenimiento de las características rurales

La parcela debe mantener sus características rurales. Se entiende que una vivienda tiene una parcelación con características rurales cuando:

  • No ha sufrido una parcelación de carácter urbanístico.
  • Posee una superficie y forma similar a las de su entorno rural.
  • No se ha alterado su morfología rural.
  • No dispone de las características de urbanización exigibles a la condición jurídica de solar (art. 186 TRLOTUP).
Antigüedad de la vivienda

La vivienda deberá estar completamente finalizada antes del 20/08/2014 y se podrá demostrar mediante ortofotos, certificados de final de obras, contratos, facturas…

Densidad

El principal requisito que permite tramitar la DSI frente a un Plan Especial de regularización de viviendas es que exista una densidad inferior a 3 viviendas/hectárea.

Uso residencial

Por último, sólo podrán acceder al trámite aquellas edificaciones que posean un uso residencial o directamente vinculado al mismo, como el caso de piscinas o barbacoas. En el caso del resto de edificios no conectados con el uso residencial (por ejemplo, una caseta de aperos o invernaderos), no podrán entrar en el procedimiento de regulación.

Equipo técnico de Geolat comprobando in situ requerimientos específicos para el desarrollo del proyecto.

Procedimiento detallado

Inicio del trámite: documentos necesarios

Aquellas viviendas aisladas que cumplan los requisitos establecidos con la LOTUP, tendrán que realizar la solicitud Declaración de Situación Individualizada al Ayuntamiento. Para el inicio del trámite será muy importante contar con información como la referencia catastral, número de policía, los antecedentes de la casa, titularidad de la vivienda, facturas de obras realizadas, etc.

Los documentos necesarios para la solicitud son los siguientes:

  • Formulario de solicitud.
  • Plano de localización, clasificación del suelo y cartografía asociada.
  • Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos nombrados en el apartado anterior.
  • Titularidad de la vivienda.
  • Otra documentación: fotografías de la vivienda, certificación catastral, declaración jurada, etc. 
Resolución del trámite

El Ayuntamiento es el órgano sustantivo y, como tal, comprobará el cumplimiento de los criterios necesarios para la obtención de la Declaración de Situación Individualizada. Llegados a este punto, puede ocurrir lo siguiente:

  • Si no se cumplen los requisitos: se emitirá un informe técnico jurídico que justifique el no cumplimiento del art. 210 LOTUP. En este supuesto, se notificará al promotor la denegación de la Declaración de Situación Individualizada. 
  • Si se cumplen los requisitos: se emitirá un informe técnico que contenga las condiciones edificatorias y el alcance de los siguientes documentos:

Una vez comprobado que se cumplen los requisitos, el Ayuntamiento emitirá la resolución del Pleno Municipal, otorgando la Declaración de Situación Individualizada. La concesión de la DSI implica la suspensión de la tramitación de los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística y las órdenes de demolición así como los plazos de prescripción o caducidad de las acciones o procedimientos en tramitación.

Una vez obtenida, el particular podrá solicitar al Ayuntamiento la Licencia de Minimización de Impacto Territorial. 

 

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